En los últimos años han habido bastantes reclamaciones tanto de créditos como de tarjetas revolving emitidas por entidades financieras debido a los intereses abusivos de ellas y ello lo deja claro la Ley de Usura, y quedó dictaminado en la sentencia del Tribunal Supremo de 2020 es por ello que muchos contratos han sido reclamados y dictaminados por un juez como usura e intereses altamente elevados teniendo que devolver las financieras los intereses generados de más e incluso la cancelación del contrato de dicho crédito.Los consumidores finalmente se ven con unas comisiones altísimas, y cada vez con una deuda más elevada que no pueden seguir pagando y por tanto eleva la morosidad de entidades y bancos españoles.
¿Cuál es la característica principal a la que siempre nos hemos referido en este tipo de contratos o tarjetas?
La falta de trasparencia e información a los consumidores de este tipo de productos ha sido lo que ha generado más polémica y es por ello que el BANCO DE ESPAÑA, en su web ha publicado la Circular 3 de 30 de marzo de 2022, sobre la trasparencia de los servicios bancarios y su responsabilidad en la concesión de créditos que ya se encuentran en vigor, también figura esta nueva circular en el BOE.
¿Qué dictamina la nueva regulación?
En la circular se determina que la entidad emisora tiene que emitir «un modelo o un ejemplo» del préstamo que ofrece antes de que sea contratado por el cliente en el cual se recogerá toda la información pertinente del mismo como el importe concedido, el tipo de interés, TAE, el tiempo, el plazo de amortización, las comisiones y que tipo de cuota se debe pagar. Se tienen que proponer dos opciones de financiación por lo menos e incluir un ejemplo por cada modalidad cuando haya pago aplazado de intereses.
Las entidades y bancos están en la obligación de hacer un estudio de viabilidad y solvencia del cliente antes de firmar el contrato revolving.
La nueva circular obliga a las entidades a enviar a sus clientes de créditos revolving posibles ejemplos de ahorro, es decir, simulando el importe de las cuotas que deberían ingresar si esa cuota de amortización fuera aumentando, además se podría la cantidad que se pagaría en cada uno de los ejemplos y el plazo de pago.
En otros artículos anteriores ya comentamos que son las tarjetas revolving, tipos abusivos etc…por quereis más información detallada.
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