Si se extingue mi entidad ¿puedo reclamar mi tarjeta revolving?
¿Qué sucede si mi entidad bancaria se extingue?
En los últimos años, hemos visto cómo muchos bancos han desaparecido debido a la crisis, algunos por absorciones otros por otros motivos…, por ejemplo Bancaja, fue absorbida por La Caixa, también se encuentran entidades como Caixa Galicia, Banesto que pasaron a formar parte de otras entidades.
Ante ellos, nos preguntamos ¿que pasa si mi entidad ya no existe?, lo que sucede es probablemente un cambio en las condiciones de los productos y comisiones, y la numeración de la cuenta entre otras acciones.
¿Como afecta una absorción de un banco a otro para productos financieros como tarjetas revolving?
Lo más lógico es que haya cambios de condiciones para los clientes de la entidad absorbida, y se modifiquen algunas de las condiciones de los productos actuales que tienen como pueden ser tarjetas.Por ejemplo hace unos meses el banco BBVA indicó que puede ser que absorba a otra entidad importante, lo normal es que para los clientes del Bbva no se produzcan alteraciones en sus condiciones, de todas formas si hicieran alguna modificación como puede ser en las comisiones aplicadas, deben de informar con antelación a los clientes, pero sin embargo, sí que habrian cambios para los clientes de la entidad absorbida.
Ante esta situación, mucha gente es probable que se pregunte
¿Si tengo un préstamo con intereses abusivos o una tarjeta de crédito revolving y estoy en fase de reclamación, y se produce la absorción de mi entidad, que sucede?
Si has realizado una reclamación en relación a este cambio de entidades, no afecta nada.Por ejemplo si el banco Bbva absorbe a la otra entidad, Bbva será responsable de todos los productos y contratos de esa entidad, asi que no os preocupéis, ya que seguirá su evolución y se encargará de abonar la indemnización que se indique por el tipo de condiciones abusivas que tenga.Es por ello que no hay que inquietarse ya que todo seguirá su curso y esto no afectará a la reclamación que ya encuentre en marcha.
Es decir, puedes reclamarlo igual que si tu entidad no hubiera sido desaparecida o absorbida, el cambio será el nombre de la nueva entidad a la que debas realizar la reclamación.
Para cuentas corrientes, u otros productos o servicios relacionados la entidad debe informar de la modificación de condiciones de los contratos mínimo con dos meses de antelación.
El Banco de España indica lo siguiente Mi banco desaparece ¿y ahora que?
Si quieres realizar la reclamación a tu entidad por algún contrato revolving o por falta de transparencia, te aconsejamos que contactes con RECLAMA ABOGADOS y te asesoraremos sobre tu caso.