La Cláusula suelo ¿se puede suprimir?
Cláusula Suelo.¿Cuándo se puede eliminar?
Este tipo de cláusula no siempre es nula, únicamente en aquellos supuestos en los que no concurren los necesarios requisitos de transparencia e información previa al cliente.
En la ley 1/2017 de 20 de Enero de 2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo se establece que:
Artículo 1. Objeto.
El presente real decreto-ley tiene como objeto el establecimiento de medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.
Los supuestos que el Tribunal Supremo indica para su nulidad son los siguientes:
- Falta de transparencia: No se transmitió al cliente información suficientemente clara de que se esta cláusula afectaba a un elemento esencial del contrato, que es el precio a pagar por el cliente.
- Falta de reciprocidad entre derechos y obligaciones entre las partes: El techo de interés máximo fijado por las entidades prácticamente inalcanzable, mientras que el suelo de interés mínimo, era más que probable.
- Condición impuesta: Es una condición general de contratación no negociada, sino impuesta por el banco individualemente.
- Oferta vinculante: En muchos casos no se facilitaba, y en otros casos nunca se facilitaba con anterioridad a los 3 días previos a la firma de la escritura, como ordena la Ley.
Si tienes una clausula abusiva en tu hipoteca ten en cuenta que se puede reclamar, te aconsejamos que te pongas en contacto con Reclama Abogados que somos especialistas en esta área de derecho bancario y hemos ganado muchas sentencias relacionadas con abusividad de intereses y condiciones ofrecidas por la banca en estos últimos años.